Contratación de Funcionarios
Capítulo III Reclutamiento y Selección
Artículo 44. Habrá un sistema de reclutamiento y selección, que comprenderá un conjunto de procedimientos e instrumentos tendientes a captar y evaluar los méritos y las capacidades de las personas que aspiran a desempeñar un cargo administrativo en las universidades oficiales, previo establecimiento de las necesidades identificadas y justificadas, en concordancia con la planificación estratégica institucional, la estructura organizacional y los recursos presupuestarios requeridos.
Artículo 45. El proceso de selección proveerá a la universidad el personal idóneo y capaz para contribuir eficientemente al logro de los objetivos institucionales, por lo que se realizará sobre la base de instrumentos preparados por la Dirección General de Recursos Humanos, en base a la valoración del nivel académico, la experiencia laboral, las ejecutorias, las publicaciones y las investigaciones, y aprobados por la autoridad competente.
(LEY 62 de 20 de agosto de 2008, Que instituye la Carrera Administrativa Universitaria en las universidades oficiales, con exclusión de la Universidad de Panamá).
Personal Administrativo eventual de la UNACHI
Nota: Para ver la situación permanente o eventual de los funcionarios docentes y administrativos, consultar los siguientes vínculos:
Volver
|